Pluriempleo: ¿Simultanear trabajo por cuenta propia y ajena?
Muchas personas se ven obligadas a tener dos trabajos para poder salir adelante, otras los tienen porque les resulta interesante por diferentes motivos. No obstante, no todo el mundo tiene claro si es posible el pluriempleo compaginando un trabajo por cuenta propia con otro por cuenta ajena. ¿Tienes este tipo de dudas? Si es así, desde Seguros Autónomos te contamos todo sobre esto.
¿Qué es el pluriempleo y a qué te obliga?
El término pluriempleo, o en este caso más concreto el de pluriactividad, se refiere a cualquier contribuyente que cotiza en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos y en el Régimen General de la Seguridad Social. Es una buena noticia para quienes forman parte de la plantilla de una empresa y quieren emprender un negocio, o viceversa, para los autónomos que desean la estabilidad que supone tener un sueldo fijo a fin de mes.
Este pluriempleo conllevará una doble cotización a la Seguridad Social, la que asumirás tú mismo y la que pagará la empresa en la que trabajes. Pero si vas a darte de alta como autónomo, queremos mostrarte algunas de las ventajas que tendrás si ya estás empleado por cuenta ajena, son estas:
- Los primeros 18 meses en los que estés dado de alta como autónomo tu cuota estará bonificada en un 50 %.
- Los siguientes 18 meses la bonificación será del 75 %.
Aunque estas bonificaciones solo las puedes disfrutar si es la primera vez que te das de alta como autónomo.
Desde el año 2017 si cotizas entre un concepto y otro más de 12.739,08 euros al año, te devolverán la mitad de esa cantidad, pero solo equivaldrá como máximo al 50 % de todas las cuotas que has pagado como autónomo. Además, no es necesario que pidas esta devolución, ya que la Seguridad Social lo hará directamente.
Una de las dudas que te pueden surgir es si puedes compatibilizar la bonificación que hemos comentado con la tarifa plana para autónomos. Sería bueno que consultases a tu asesor cuál es la opción más interesante en tu caso concreto.
¿Hay alguna posibilidad de emitir facturas sin ser autónomo?
El tema de emitir facturas sin ser autónomo siempre es muy controvertido. Lo cierto es que no existe una Ley concreta que recoja esta posibilidad, pero no lo es menos que algunos trabajadores han recurrido este tipo de casos ante la justicia con éxito. Los jueces han determinado que si el trabajador gana al año menos del salario mínimo interprofesional estaría exento, aunque sí tendría que pagar el IVA si corresponde.
No es una opción muy recomendable, ya que recurrir a la justicia nunca es una buena idea y además si ya tienes un trabajo por cuenta ajena, la cosa puede complicarse. Lo mejor es siempre calcular muy bien qué posibilidades de éxito tiene tu proyecto y a partir de tener clara su viabilidad darte de alta como autónomo.
Otra de las cuestiones a valorar es que todos los que se dan de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos deben contar con la cobertura de la prestación económica por Incapacidad Temporal. Sin embargo, si en el Régimen de la Seguridad Social ya cuentas con una prestación por IT, estarás exento cuando te des de alta como autónomo.
Además, si cotizas el mínimo necesario en los dos Regímenes de la Seguridad Social el tiempo necesario para tener una pensión, en este momento 15 años, tendrás derecho a dos pensiones de jubilación. Siempre y cuando cumplas el resto de condiciones.
Como ves, resulta muy interesante la opción del pluriempleado o pluriactividad, ¿te atreverás a dar el paso y a emprender tu propio negocio? Si precisas de más información te invitamos a que consultes los artículos del blog, conozcas nuestras coberturas y te pongas en contacto con nosotros sin compromiso.